Sampler y las Aguas de Consumo
¿De que modo le puede ayudar Sampler con las Aguas de Consumo?
El Real Decreto 140/2003, por el que se traspuso la Directiva 98/83 establece los requisitos de calidad y vigilancia mínima que debe realizarse en las aguas de consumo.
El numero de controles a realizar varía en función del número de habitantes y de las características de la red de abastecimiento.
Por otra parte, el Decreto 178/2002, regula el sistema de control, vigilancia e información, de las aguas de consumo público en la CAPV, e introduce dos cuestiones clave:
- Establece que todos los sistemas de abastecimiento deben realizar un Autocontrol de la calidad del agua y disponer de Unidades de Control y Vigilancia (UCV) autorizadas por el Departamento de Sanidad.
- Crea las bases del sistema de información de aguas (EKUIS), concebido como un sistema abierto al servicio de los integrantes de la red de control y vigilancia, los ayuntamientos y los ciudadanos.
SAMPLER colabora con las UCVs, ayuntamientos y gestores de los abastecimientos de la siguiente forma:
- Estudiando y determinando el número de muestras y análisis a realizar, con el objetivo de que no sean ni mas ni menos de las debidas.
- Redactando y actualizando los Planes de Autocontrol.
- Analizando las muestras programadas y las necesarias tras las incidencias.
- Asesorando e interpretando los resultados.
- Encargándonos de las relaciones con el Dept. de Sanidad.
- Tareas administrativas: volcando los resultados analíticos y mas datos en el EKUIS; gestionando incidencias; gestionando toda la documentación relacionada, etc.
En definitiva, facilitando el trabajo a nuestros clientes en todo lo relacionado con las aguas de consumo, ofreciéndoles un servicio de muestreo y laboratorio de análisis químico.